Restricción vehicular para feriado de Semana Santa en Ecuador
Autor:

Redacción Digital

El COE Nacional resolvió la noche de este domingo 28 de marzo restringir la circulación vehicular en todo el territorio nacional durante los feriados de Semana Santa y Día del Trabajo.

- Jueves 1 de abril, no podrán circular vehículos con placa IMPAR desde las 00h00 horas hasta las 12:00.

- Viernes 2 de abril, no podrán circular los vehículos con placa PAR desde las 00h00 horas hasta las 12:00.

- Sábado 3 de abril, no podrán circular los vehículos con placa IMPAR desde las 00h00 horas hasta las 12:00.

- Domingo 4 de abril, no podrán circular los vehículos con placa PAR desde las 00h00 horas hasta las 12:00.

Esta medida se aplicará en los ejes viales nacionales. Sin embargo, se dispone mantener la libre movilidad de todas las modalidades que por sus características realicen actividades en la cadena logística en el territorio nacional (carga pesada, carga liviana, carga mixta, buses con encomiendas).

El transporte Intra e Inter provincial se sujetará a la restricción por último dígito de placa, para esto se coordinará con los Terminales Terrestres y las autoridades competentes para su cumplimiento del 50% de las frecuencias con el 75 % de aforo. Está prohibida la emisión y el uso de salvoconducto para esta modalidad hasta que la ANT lo disponga.

Ademas se solicita a los COE cantonales donde existan playas que estas permanezcan cerradas durante los días: 02, 03 y 04 de abril de 2021. También, se determina la prohibición de venta de bebidas alcohólicas los días domingos; y en relación a los feriados de Semana Santa y 1ro de mayo se prohíba la venta de bebidas alcohólicas después de las 18:00, en los locales regulados por las carteras de Estado antes descritas, los viernes 2, sábado 3, viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo de 2021.

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