El nuevo sistema de comercio de combustibles permitirá retomar la productividad en el Ecuador
Autor:

Redacción Digital

El presidente Lenín Moreno, firmó el Decreto Ejecutivo N° 1054, mediante el cual reforma el Reglamento de Regulación de Precios de Derivados de Petróleo.

Sobre el valor mensual de la gasolina súper, el Decreto Ejecutivo N° 1054 precisa que Petroecuador será quien lo fije en “base al costo promedio ponderado más el costo que implique el transporte, almacenamiento, comercialización, un margen que podrá definir la empresa pública y los tributos que fueran aplicables”. Además, se aclara que su precio no podrá ser inferior o igual al de la extra.

En cuanto al expendio de la gasolina extra y diésel se establece un sistema de bandas, el cual fijará un techo y piso para el valor mensual. El precio de venta al público del diésel es de USD 1; mientras, el de la gasolina extra quedó en USD 1,75.

La norma también determina que los ministerios de Economía y Finanzas y Energía Recursos Naturales no Renovables diseñarán los instrumentos de política pública de compensación necesarios, como consecuencia de la aplicación del sistema de banda de precios.

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