Ecuador: Cobros excesivos con tarjetas tienen consecuencias para establecimientos
Autor:

Redacción Digital

Los cobros excesivos en Ecuador por pagos con tarjetas de crédito o débito tienen consecuencias para los establecimientos que incurran en esta práctica.

La Ley Orgánica del Consumidor dispone que en estos casos se aplicará un sanción general. Esta comprende una multa de USD 100 a USD 1 000. Y, si la situación amerita, el decomiso de bienes o la suspensión de las actividades del establecimiento.

La Superintendencia de Bancos (SB) dijo este viernes, 8 de abril de 2022, que no tiene injerencia directa, en comercios o establecimientos. Esto debido a que se encuentra fuera de su ámbito de control.

Enfermera compró papas fritas con tarjeta bancaria de paciente que acababa de morir

No obstante, señaló que puede disponer al sistema financiero bancario la suspensión de operaciones de las emisoras y operadoras de tarjetas, con el establecimiento que realice estos cobros excesivos.

Este jueves 7 de abril, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado donde asegura que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito. Es decir, los cobros excesivos no son legales.

Los bancos emiten tarjetas de débito y crédito a sus clientes, quienes realizan compras en establecimientos comerciales y tienen la opción de pagar en efectivo o con tarjeta.

En el caso de que el comprador utilice su tarjeta, el comercio está obligado a pagar al banco una comisión del 4,02% si el pago se hizo con tarjeta de crédito o 2% si el pago se hizo con tarjeta de débito.

Hay que tener en cuenta que el valor de dicha comisión debe ser asumido por el establecimiento comercial, quien no puede trasladarlo al comprador.