Autor: Redacción Digital |
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La Corte Constitucional de Ecuador resolvió este jueves 4 de noviembre condicionar y reducir de 60 a 30 días el estado de excepción decretado por el presidente Guillermo Lasso para enfrentar la ola de violencia e inseguridad en el país.
La Corte Constitucional condicionó la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 224. Según la entidad, se tomó esa decisión porque el Ejecutivo no justificó las razones para que dure dos meses. Para que exista una eventual prórroga deben existir fundamentos y justificaciones suficientes.
Presidente Guillermo Lasso renueva estado de excepción
El estado de excepción entró en vigencia desde el 18 de octubre del 2021. El Primer Mandatario lo decretó por la “grave conmoción interna debido al aumento en la actividad delictiva en el país”.
La Corte Constitucional también dispuso que el despliegue de Fuerzas Armadas (FF.AA.) se limite a las calles de nueve provincias: El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos.
Además, la movilización de militares se “restringirá a operativos en los que cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía Nacional, siempre que se encuentre suficientemente justificada su intervención y esta respete el principio de proporcionalidad”.
Cuando concluya la vigencia del estado de excepción, el presidente Lasso debe remitir a la Corte Constitucional un informe con las medidas y acciones concretas para superar el aumento de actos delictivos.
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