¿Cómo funcionará el semáforo por provincias a partir del 4 de mayo?
Autor:

Redacción Digital

Desde el 4 de mayo, entrará en vigencia la funcionalidad de semáforos, sistema que indicará las nuevas normas a seguir para evitar la propagación del covid-19 en Ecuador. Los ciudadanos deben cumplir las normas de forma obligatoria hasta el 31 de mayo. La ministra de Gobierno, María Paula Romo, indicó las nuevas reglas en cadena nacional.

Semáforo rojo:

- Respetar las normas obligatorias a nivel nacional.

- Autorización de actividades comerciales mediante pedidos por vía teléfonica o en línea y entrega a domicilio.

- Se amplía el horario de entrega a domicilio de productos de 07h00 a 22h00.

- Se autoriza el servicio de taxis entre las 05h00 a 22h00.

- Se mantiene la suspensión de la jornada laboral, excepto en sectores esenciales como ha funcionado hasta ahora.

- Según último número de placa: un día de circulación de automóvil por semana. Continúa la prohibición los fines de semana.

- Toque de queda entre las 14h00 y 05h00.

Semáforo amarillo:

- Respetar las prohibiciones vigentes a nivel nacional.

- Instituciones públicas: la máxima autoridad de cada institución regulará la actividad laboral. Pueden retornar hasta un máximo del 50% del personal.

- Empresas privadas: Todos los sectores no esenciales deciden el momento de retorno a sus actividades. Se mantiene teletrabajo como prioridad. Pueden retornar hasta un máximo del 50% del personal.

- Todas las actividades deben contar con protocolos y mecanismos de supervisión de síntomas para empleados y clientes.

- Se autoriza la atención de consulta externa de todas las especialidades médicas.

- Se reduce el toque de queda de 18h00 a 05h00.

- Se autoriza el transporte urbano e interparroquial. La ocupación por unidad será máximo el 30%.

- Se incrementa la circulación vehicular a dos días por semana. Domingo prohibida la circulación.

- Las actividades comerciales en locales podrán funcionar con un aforo máximo de 30% de su capacidad.

Semáforo verde:

- Respetar las normas obligatorias a nivel nacional.

- Instituciones públicas: la máxima autoridad de cada institución regulará la actividad laboral. Pueden retornar hasta un máximo del 70% del personal.

- Empresas privadas: Todos los sectores no esenciales deciden el momento de retorno a sus actividades. Se mantiene teletrabajo como prioridad. Pueden retornar hasta un máximo del 70% del personal.

- Circulación vehicular según placas pares o impares.

- Toque de queda de 21h00 a 05h00.

- Se autoriza la atención de consulta externa de todas las especialidades médicas y las profesiones liberales.

- Se autoriza el funcionamiento de comercios con aforo máximo del 50%.

- Se autoriza el transporte urbano, interparroquial e intercantonal. La ocupación por unidad será máximo del 50%.

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